¿Qué caracteriza el abandono de incapaces y cómo denunciar?

Frecuentemente se registran casos de abandono de incapaces con víctimas de todas las edades. Pero, ¿cuándo dejar solo a un niño constituye un delito? Según la delegada jefe de la DEPCA (Comisaría Especializada para la Protección de Niños y Adolescentes), Anne Karine Trevisan, la ley dice que el delito ocurre cuando el niño está expuesto a un riesgo real. El propio nombre dice “incapaz”, incapaz de defenderse, de protegerse.

Las víctimas de este delito son de diferentes edades, pero es muy común que se registren hechos relacionados con niños. En su caso, no hay edad que constituya delito, pero si el lugar y tiempo en que se encuentra sola ofrece riesgos.

“¿Es capaz un niño de 12 años de seguir avivando el fuego solo? ¿Ahora se puede dejar solo al niño de 12 años mientras la madre da la vuelta a la esquina, al supermercado? Tiene que correr un riesgo real de que le pase algo. Tiene que haber sido realmente abandonada, no es el simple hecho de que la dejen sola. Ahora bien, para que un niño de 4 años esté solo, suponemos que hay riesgo de algo, porque ¿es capaz de entender que no puede tocar la estufa? Cada caso tiene que ser analizado. No es matemático, es objetivo”, explica Anne.

Aún según el delegado, la responsabilidad recae en la persona que estaba a cargo del niño. Ya sea la madre, el padre o incluso la escuela, pero cada denuncia se investiga. “Llévenlo a la comisaría para analizar, escuchar lo que el niño es capaz de expresar. ¿Es constante que ella está sola? ¿Que estaba pasando? ¿Cuánto tiempo había estado sola? ¿Estaba expuesta al peligro? ella reclama.

“El niño pasa todo el día solo en casa, hace su propia comida para ir a la escuela. No puedes dejarlo ir. ‘Ah, pero la madre está sola’, pero hay un padre que también es responsable de eso, independientemente de si quiere quedarse con ese niño o no. Muchas veces acaba recayendo en la madre porque es el ente familiar más común, pero ese hijo tiene un padre. Él también puede responder, vivan juntos o no”.

La semana pasada, por ejemplo, una mujer de 26 años fue denunciada por abandonar a un incapaz en una ciudad de Mato Grosso do Sul. Había dejado solos a cuatro niños de 2, 5 y 7 años, encerrados en una habitación en la parte trasera de la casa, sin acceso a la puerta. La policía llegó a la residencia alrededor de las 11:00 am. La madre de los niños estaba trabajando en un lavado de autos.

Al regresar dijo que dejó a los niños a trabajar y que era la segunda vez que los dejaban solos, pero fue negada por los consejeros de tutela quienes dijeron que ya habían recibido otras denuncias.

Ella fue llevada a la comisaría y los niños fueron llevados por el Consejo Tutelar.

En Ponta Porã, en el Día de la Madre, un bebé de 10 meses fue abandonado frente a una residencia. El bebé fue encontrado alrededor de las 10 de la noche. El residente que encontró dijo que estaba en casa con otros seis amigos cuando escuchó ruidos en la puerta.

Cuando salió a ver qué había pasado, encontró al bebé, de ojos marrones y piel blanca, envuelto en una manta. Dijo que no vio quién dejó al niño en la acera de la casa. Se activó el Consejo Tutelar y la bebé fue llevada a un albergue.

A principios de este mes, un niño de 5 años fue encontrado deambulando por las calles de Bairro Nova Lima, en Campo Grande. El niño se habría escapado de casa al abrir el portón tras subirse a un taburete y fue encontrado asustado por el dueño de una tienda, quien calmó al niño y llamó a la policía.

Después de 50 minutos, la madre del niño fue localizada y dijo que cuando se dio cuenta de que su hijo no estaba en casa, lo buscó en las calles y se olvidó de llamar al 190 y pedir ayuda. El Consejo Tutelar manifestó que se lo notificaría a la madre. El caso quedó registrado en la comisaría como abandono de incapaz.

que dice la ley

El artículo 133 de la Ley 2.848 establece que es delito abandonar a una persona que se encuentre bajo su cuidado, guardia, vigilancia o autoridad y, por cualquier causa, sea incapaz de defenderse de los riesgos derivados del abandono. La pena por este delito es de 6 meses a 3 años de prisión preventiva, pero si la persona dejada sola sufre alguna lesión corporal grave como consecuencia del abandono, la pena aumenta para el responsable, de 1 a 5 años. Si hay muerte, pasa de 4 a 12 años de prisión.

La pena también se aumenta en un tercio si el abandono se produce en lugar apartado, o si el autor es ascendiente o descendiente de la víctima, o cónyuge, hermano, tutor o curador, o si la víctima tiene más de 60 años o es recién nacido.

víctimas de edad avanzada

Al igual que con los niños, no existe una edad mínima a considerar a partir de la cual una persona puede ser incapaz en una determinada situación, pero la ley prevé un aumento de la pena en los casos en que las víctimas sean mayores de 60 años.

Frente a los ancianos, los casos más comunes son los niños que abandonan a sus padres. La semana pasada, un hombre de 82 años fue encontrado abandonado en su casa en Bairro Monte Castelo. Lo encontraron encima de una cama, en el último piso de la casa, en medio de basura y heces. Según vecinos, el anciano deambulaba por las calles y vivía sucio y sin alimentos.

La hija del anciano, que viviría en el piso de abajo, no había sido encontrada. El caso quedó registrado en la comisaría y el anciano fue atendido por la vecindad.

como reportar

En ambos casos, la denuncia se puede realizar a través del Dial 100 (Derechos Humanos). Cuando la víctima es un niño, la denuncia también se puede realizar en la comisaría especializada (67) 3323-2500/2510. DEPCA se encuentra en 474, Rua 25 de Novembro, Centro. La denuncia también se puede realizar ante el Ministerio Público al número 127o en los Consejos Tutelares siguientes:

1er Consejo Tutelar del Sur – (67) 3314-6370 / (67) 3314-4482 (extensión 6103) / (67) 9 8403-2579

2° Consejo Tutelar Norte – (67) 3314-4482 (extensión 6100/6104) / (67) 9 8403-5485/ (67) 9 8404-5981

3er Centro Tutelar Centro – (67) 3314-4337 / (67) 3314-4482 (extensión 6101/6102) / (67) 9 8403-2071

IV Consejo Tutelar de Bandera – (67) 3314-4482 (extensión 6121) / (67) 9 8403-2384

V Consejo Tutelar de Lagoa – (67) 9 8472-9278 / (67) 9 8457-3096

Cuando la víctima sea mayor de edad y tenga algún tipo de discapacidad o sea anciana, la denuncia podrá realizarse en la comisaría de su zona, Cras (Centro de Referencia de Asistencia Social), Defensoría del Pueblo y OAB-MS.

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